Sentencia histórica permite el registro fuera del plazo original en casos de fuerza mayor

La Corte Constitucional de Colombia ha dictaminado a favor de los migrantes venezolanos que, debido a razones de fuerza mayor, no pudieron registrarse en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) dentro del plazo estipulado. Esta decisión marca un precedente significativo para el acceso al Permiso de Protección Temporal (PPT), que autoriza a los migrantes a permanecer en Colombia bajo condiciones especiales de regularidad.

El caso se originó a partir de una acción de tutela presentada por una mujer venezolana migrante que sufrió violencia de género en Colombia. La mujer, víctima de abuso físico, psicológico y sexual por parte de su pareja, no pudo cumplir con el plazo de registro en el RUMV debido a las circunstancias de violencia. Inicialmente, su solicitud fue rechazada por Migración Colombia, que argumentó la imposibilidad de hacer excepciones no contempladas en el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos.

Sin embargo, tras un análisis exhaustivo, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, presidida por la magistrada Natalia Ángel Cabo, respaldó la sentencia del Tribunal Superior de Distrito Judicial que había revocado la decisión inicial. La Corte concluyó que el caso debía ser tratado con una perspectiva de género, subrayando la necesidad de proteger los derechos de la mujer a la igualdad, la vida libre de violencia, la salud, el mínimo vital y el trabajo.

En su fallo del 25 de agosto de 2023, la Corte ordenó a Migración Colombia permitir el registro de la mujer en el RUMV en un plazo de 48 horas y tramitar su PPT en un máximo de 90 días. Además, la sentencia establece que Migración Colombia deberá emitir una resolución en dos meses, permitiendo el registro fuera del plazo original para personas que, por razones de fuerza mayor relacionadas con discriminación histórica, no pudieron cumplir con el requisito temporal.

La Corte también exhortó a Migración Colombia a coordinar con la Defensoría del Pueblo para capacitar a sus funcionarios sobre la supremacía constitucional y las motivaciones detrás del trato desigual hacia los migrantes venezolanos. Esta capacitación incluirá un diagnóstico sobre la experiencia de vida de las personas migrantes que enfrentan discriminación.

Finalmente, el fallo enfatiza la importancia de respetar el derecho de petición, destacando que Migración Colombia no cumplió adecuadamente con su deber de responder de manera coherente y detallada a las solicitudes de los migrantes.

Esta sentencia subraya la necesidad de aplicar una perspectiva de género en los trámites migratorios y de asegurar que las situaciones de fuerza mayor y la discriminación histórica no se conviertan en barreras insuperables para los derechos fundamentales de los migrantes en Colombia.